Micelio
Auto9 de febrero de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante De Oficio Procesado Ibañez Joselito·Demandado Juzgado Primero Penal Del Circuito De Florencia Caqueta

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Ordinaria-Procesos En Los Cuales, Según Las Pautas De Ponderación, Los Factores De Competencia De La Jurisdicción Especial Indígena No Se Satisfacen
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos en los cuales, según las pautas de ponderación, los factores de competencia de la Jurisdicción Especial Indígena no se satisfacen
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Florencia y el Resguardo San Luis, ubicado en el Municipio de Milán (Caquetá).

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en el proceso adelantado en contra de un ciudadano por la presunta comisión del delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, previsto en el artículo 365 del Código Penal.

Luego de verificar el cumplimiento tanto de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones y los requeridos para el reconocimiento del fuero indígena, declaró la Corte que la competencia para decidir el asunto relacionado recae sobre el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Florencia, a donde se remite el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a las autoridades del resguardo involucrado, así como a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

A la anterior conclusión llegó la Sala luego de constatar que no se acredito el factor subjetivo, en tanto los bienes jurídicos afectados, en principio y para el caso concreto, conciernen a la sociedad mayoritaria, sin que haya certeza de que exista un interés de judicialización de la conducta por parte del resguardo indígena de San Luis.

Igualmente, porque tampoco se acreditó el elemento institucional, debido a la falta de información sobre la existencia de un sistema de derecho propio.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
  2. Primero. Penal del Circuito Especializado de Florencia, Caquetá, y el Resguardo San Luis, ubicado en el Municipio de Milán, Caquetá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito Especializado de Florencia, Caquetá, es la autoridad competente para conocer del proceso penal adelantado en contra de Joselito Ibáñez.
  4. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3040 al Juzgado
  5. Primero. Penal del Circuito Especializado de Florencia, Caquetá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a las autoridades del Resguardo San Luis, ubicado en el Municipio de Milán, Caquetá, y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.